El 15 de abril comienzan los vencimientos.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración jurada?
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Cómo confeccionar las declaraciones juradas?
Con el aplicativo “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales”. Puede descargarlo ingresando a www.afip.gob.ar/aplicativos.
Opcionalmente, y bajo determinadas circunstancias, la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias puede ser confeccionada a través del servicio on line denominado “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas”. Para utilizar este servicio en necesario poseer clave fiscal o clave bancaria.
¿Cómo se presentan las declaraciones juradas?
La presentación de las declaraciones juradas debe realizarse por Internet, utilizando el servicio “Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos”.
Para ello puede optar por realizando mediante la utilización de su:
¿Cómo se paga?
El pago de los saldos resultantes puede realizarse a través de Internet o en forma presencial.
El pago a través de Internet requiere la generación de un “Volante Electrónico de Pagos” (VEP) mediante la utilización del servicio “Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos”.
Puede optar por realizando mediante la utilización de su:
El pago presencial implica dirigirse directamente a cualquier entidad de pago habilitada, con el formulario F 799/E.
En este formulario debe completar la información que para cada caso se detalla seguidamente:
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Pago en cuotas
Tenga en cuenta que puede realizar el pago del saldo resultante en cuotas. Para ello debe utilizar el aplicativo “RG 984”. Puede descarga ingresando a www.afip.gob.ar/aplicativos.
¿Cuáles son los vencimientos para la presentación y el pago?
Los vencimientos operan en los meses de Abril, Mayo y Junio, dependiendo de las características de los sujetos obligados.
Vencimientos Abril 2013
Sujetos inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales, quienes al 31/12/2012 posean bienes por un monto igual o superior a $ 305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de Diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.
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Vencimientos Mayo 2013
Éste es un vencimiento excepcional que se aplica a los sujetos mencionados en el punto anterior que tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre y que no coticen en bolsa o mercado de valores.
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Vencimientos Junio 2013
Este vencimiento se aplica exclusivamente a quienes perciban sus ingresos en calidad de empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados; y actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
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(*) El vencimiento que operaría el 30/06 se traslada al 01/07 por tratarse de un día inhábil.
Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas.
¿Quiénes pueden utilizar el servicio “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas”?
Pueden utilizar este servicio:
También pueden optar por utilizarlo quienes adicionalmente a las rentas indicadas se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Herramientas de asistencia
Aplicativos: ¿Cómo se realiza la descarga e instalación?
Presentación WEB: ¿Cómo presentar las declaraciones Juradas por Internet?
Paso a Paso: “Régimen Simplificado Ganancia Personas Físicas”.
Generación de un VEP: Ver pasos para la generación de un VEP.
Fuente: AFIP
Empleadores. Vencimientos período Marzo
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