Las empresas que deseen acceder al beneficio deberán cumplir con ciertos requisitos.
Funcionarios informaron aspectos técnicos para que las empresas puedan acceder al beneficio que otorga el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
Con la presencia de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), funcionarios del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) expusieron detalles de los Regímenes Tarifarios Diferenciales para MIPyMEs establecidos en la Resolución 14/2018 de la Secretaria de Gobierno de Energía.
Aquellas empresas que deseen acceder al beneficio, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
En caso de que la empresa reciba una facturación del tipo residencial, deberá realizar la correspondiente regularización al tipo SGP ante la prestadora del servicio. Esta adecuación es gratuita.
El Régimen Tarifario Diferencial tiene la misma vigencia que el certificado PyME expedido por el Ministerio de Producción y Trabajo, por lo que una vez vencido este, deberá tramitarse uno nuevo y posteriormente solicitar nuevamente la tarifa diferencial.
Por otra parte, el beneficio no es retroactivo, entrando en vigencia luego de la posterior alta en el sitio web.
Por último, los Regímenes Tarifarios Diferenciales establecen un límite de incremento del 50% en el valor del gas de las facturas que se emitan con consumos realizados a partir del 1° de octubre de 2018, tomando como base el monto del valor del gas que hubiere correspondido de aplicarse, para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido en el período de facturación corriente, las tarifas correspondientes a los últimos cuadros tarifarios aprobados.
Asistieron representando a la CAC su director institucional, Osvaldo Scasserra; y Federico Dell’Aquila, miembro del Departamento de Comercio Interior.
Consultas:
Se adjunta instructivo y ejemplo de tope de facturación.
Para ver los ejemplos de facturas de usuarios SGP1 para cada una de las 9 distribuidoras de gas del país -en las que se identifica la categoría- ingrese aquí.
Fuente: CAC
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