A partir del 1/9 se incrementan los ingresos brutos anuales y el monto de alquileres a considerar para categorizarse en el régimen.
La RG AFIP 3.529/13, publicada en el boletín oficial de hoy, fija nuevos parámetros para establecer las categorías de contribuyentes del Monotributo, los cuales regirán a partir del 1º de septiembre de 2013.
Se incrementaron únicamente los importes de ingresos brutos anuales y alquileres anuales devengados, no así la superficie afectada y la energía eléctrica consumida, las que quedaron sin modificar.
Tampoco se modificó el precio máximo unitario de venta (en los casos de venta de cosas muebles) establecido en el inciso c) del art. 2 de la Ley 24.977, cuyo monto no puede superar los $ 2.500.
Los nuevos parámetros fijados por la norma son:
Categoría
|
Ingresos brutos (anual)
|
Superficie afectada
|
Energía eléctrica consumida (anual)
|
Monto de alquileres devengados (anual)
|
B
|
Hasta
$ 48.000 |
Hasta 30 m2
|
Hasta 3.300 kw
|
Hasta $ 18.000
|
C
|
Hasta
$ 72.000 |
Hasta 45 m2
|
Hasta 5.000 kw
|
Hasta $ 18.000
|
D
|
Hasta
$ 96.000 |
Hasta 60 m2
|
Hasta 6.700 kw
|
Hasta $ 36.000
|
E
|
Hasta
$ 144.000 |
Hasta 85 m2
|
Hasta 10.000 kw
|
Hasta $ 36.000
|
F
|
Hasta
$ 192.000 |
Hasta 110 m2
|
Hasta 13.000 kw
|
Hasta $ 45.000
|
G
|
Hasta
$ 240.000 |
Hasta 150 m2
|
Hasta 16.500 kw
|
Hasta $ 45.000
|
H
|
Hasta
$ 288.000 |
Hasta 200 m2
|
Hasta 20.000 kw
|
Hasta $ 54.000
|
I
|
Hasta
$ 400.000 |
Hasta 200 m2
|
Hasta 20.000 kw
|
Hasta $ 72.000
|
Aplicable sólo a ventas de cosas muebles:
Categoría
|
Cantidad mínima
de empleados |
Ingresos brutos anuales
|
J
|
1
|
$ 470.000
|
K
|
2
|
$ 540.000
|
L
|
3
|
$ 600.000
|
Texto completo | Res. Gral. AFIP 3.529/13
Fuente: Marcela López
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